Se trata de una ayuda extraordinaria destinada a integrantes de la comunidad artística de todo el país.
El Fondo Nacional de las Artes (FNA) en conjunto con el Ministerio de Cultura de la Nación y la ANSES lanza de forma excepcional y extraordinaria las “Becas Sostener Cultura II”, una ayuda dirigida a trabajadoras y trabajadores de la cultura, uno de los sectores más afectados por la pandemia del Covid-19.
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Las inscripciones se realizaran de manera online desde hoy lunes 13 y hasta el 17 de julio de 2020, las becas están dirigidas a personas físicas.
Una manera de dar una respuesta y un estímulo para atravesar a la coyuntura de emergencia que viven los artistas de la Argentina.
El monto de la beca es de hasta treinta mil pesos ($ 30.000), lo que significa el programa Sostener Cultura 2 otorgará un total de 450 millones de pesos en ayuda.
Las solicitudes para las becas Sostener Cultura serán evaluadas por un jurado compuesto por representantes de todos los sectores de la cultura y refrendadas por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes.
Más información sobre la inscripción en la página web FNA
Preguntas sobre Sostener Cultura
El Fondo Nacional de las Artes publicó un listado de respuestas a las dudas sobre el programa de becas.
¿Quiénes pueden participar?: Trabajadores y trabajadoras de la cultura que sean argentinos/as y extranjeros/as que residan legalmente en el país desde hace más de tres años.
Por ejemplo, artistas, artesanos/as, sonidistas, iluminadores/as, restauradores/as, camarógrafos/as, editores/as, bailarines/as, escritores/as, docentes o talleristas de disciplinas artísticas, etc.
¿Cuál es el objetivo de la convocatoria?: Apoyar a quienes trabajan desarrollando sus actividades en el campo cultural de las distintas zonas del país (Norte, sur, este, oeste) y que estén transitando dificultades económicas o hayan visto mermar su actividad, producto de la crisis sanitaria.
¿Cómo aplicar? La inscripción podrá realizarse exclusivamente en forma virtual a través de la página del Fondo Nacional de las Artes.
¿Cuándo estará abierta la inscripción? El formulario de inscripción se podrá completar del 13 al 17 de julio (5 días hábiles).
¿Se debe adjuntar documentación adicional al formulario? Sí, será obligatorio adjuntar:
- Número de Cuenta Bancaria Única (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) personal de quien se postule (requisito obligatorio). En caso de no contar con ninguno de los dos, deberá crear una cuenta propia (ver instructivo en pdf de Banco Nación).
- Copia/foto de anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad. Los postulantes deberán residir legalmente en la República Argentina.
Opcional:
- Carta respaldatoria membretada por una institución pública, privada, organismo gremial, asociación civil o bien firmada por una personalidad de la cultura que certifique que quien se postula desarrolla sus actividades en el sector cultural (su presentación se evaluará favorablemente).
- Material que documente antecedentes y trayectoria en el campo cultural del/ de la postulante.
- Documentación que dé cuenta de la situación de vulnerabilidad, merma de actividad laboral artística/cultural y discontinuidad de proyectos por razones económicas o financieras vinculadas a la emergencia sanitaria.
¿Se puede adjuntar la constancia de DNI en trámite en lugar del DNI?: No, se debe adjuntar una fotografía del anverso y reverso del DNI sin excepción.
¿Qué datos debe tener mi carta respaldatoria?
- Nombre, DNI, provincia del postulante.
- Nombre, DNI y cargo o función de la persona que respalde.
- De pertenecer a una institución, sello o membrete de la misma.
- Aval de antecedentes, trayectoria o formación en el campo cultural del/ de la postulante.
¿Quiénes pueden firmar la carta?
- Institución que cuente con personería jurídica o gremial. Ejemplos: asociaciones civiles, mutuales, fundaciones, entidades sindicales del sector cultural.
- Empresas privadas vinculadas al sector cultural. Ejemplos: productoras, editoriales,
- Instituciones educativas con títulos habilitantes del sector cultural.
- Cualquier artista, funcionario o personalidad de la cultura que pueda dar cuenta de los antecedentes del/ de la postulante.
¿La carta respaldatoria puede ser firmada por una entidad gremial?: Sí, cualquier entidad gremial vinculada al sector cultural puede firmar la carta respaldatoria.
¿Qué fecha debe tener la carta respaldatoria?: La fecha debe ser posterior al 3 de julio de 2020.
¿Pueden hacerse presentaciones grupales?: No, la convocatoria está destinada sólo a postulaciones individuales.
¿Puede presentarse más de una postulación?: No, cada postulante podrá aplicar una sola vez.
¿Quiénes no pueden postularse a la beca?
- Trabajadoras y trabajadores de la Administración Pública Nacional, provincial y municipal (con excepción de aquellas personas que presten servicio de forma eventual).
- Quienes cobran el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).
- Titulares de los programas Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y Potenciar Trabajo.
- Quienes actualmente perciban beneficios previsionales, así como pensiones por discapacidad, invalidez o pensiones no contributivas que superen el haber mínimo.
- Personas cuyo salario actual supere la suma de dos salarios mínimos vitales y móviles.
- Quienes durante el año 2019 hayan obtenido una beca del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (Creación, Formación y Circulación y Promoción, individual o grupal) o hayan sido premiados en cualquiera de sus concursos.
- Personas que hayan incumplido con los compromisos adquiridos con algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (en los plazos estipulados según la reglamentación vigente).
- Quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio o de agentes y funcionarios/as del organismo.
¿Se debe detallar a qué se destinará el dinero?: No, el dinero es un apoyo en situación de emergencia. No deberá detallarse su destino ni realizarse una rendición posterior.
¿Se debe realizar una contraprestación?: Si, en un plazo no mayor a SEIS (6) meses a partir de la percepción de la segunda cuota de la beca.
¿Qué tipo de contraprestación pueden realizar artista o artesano/a?: En caso de ser artista, artesano o artesana podés realizar alguna de las siguientes:
a) Una obra o presentación en formato digital relacionada con su disciplina o el registro de una presentación realizada en forma presencial. La misma deberá entregarse al Fondo Nacional de las Artes. (Ejemplos:
Una pieza de videoarte, la foto en alta de una obra, la filmación de un recital en vivo, presentación a cámara de una obra de teatro.) En este caso se deberá brindar autorización para su difusión en los sitios y redes del Fondo Nacional de las Artes.
b) Un tutorial online o registro de un taller presencial gratuito brindado en una asociación de la sociedad civil, organización gremial o institución pública. (Ejemplo: Taller de pintura, taller online de telar, tutorial: ¿cómo teñir telas con productos naturales?).
En este caso se deberá brindar autorización para su difusión en los sitios y redes del Fondo Nacional de las Artes.c) Una actividad o exhibición vinculada a la disciplina en que se desempeña, en alguna organización de la sociedad civil.
Ejemplos: Un show de circo en un club de barrio, mantener una muestra de arte en un centro para la tercera edad.
¿Qué tipo de contraprestación puede realizar un técnico/a?: Se trata de generar una instancia de transferencia de saberes en tu disciplina u oficio. Acá te dejamos algunas opciones.
a) Brindar asesoramiento técnico a alguna organización de la sociedad civil. (Ejemplos: Asesorar a la Municipalidad en la iluminación de sus muestras de arte.)
b) Un tutorial online o registro de un taller presencial gratuito brindado en una asociación de la sociedad civil, organización gremial o institución pública.
Ejemplos: Tutorial: ¿Cómo diseñar la iluminación de una obra de teatro?, ayudar con el diseño de vestuario de la obra de fin de año de una escuela.
¿Cómo se certifica la contraprestación?: Para dar cuenta de la contraprestación realizada, alcanza con entregar un informe en formato digital que incluya algún tipo de registro fotográfico y audiovisual del trabajo realizado.
¿Cómo se eligen a las y los beneficiarias/os?: La selección de los ganadores estará a cargo de un JURADO tripartito compuesto por el Directorio del FNA, representantes del MCN y referentes de la cultura de diversas disciplinas.
El mismo tendrá la tarea de evaluar los antecedentes y tomará en cuenta la situación de vulnerabilidad frente a los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio producto de la emergencia sanitaria (Decreto 297/2020 del Poder Ejecutivo Nacional).
El Jurado expresará su decisión mediante un Acta con el listado de beneficiarios, que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consolidación y aprobación final.
Quienes ganaron becas del FNA en años anteriores, ¿se pueden presentar?: No podrán postularse las personas que durante el año 2019 hayan obtenido una Beca o ganado un Concurso del FNA.
¿Cómo se darán a conocer de los resultados de la convocatoria?: El listado de las personas seleccionadas será publicado en la página del Fondo Nacional de las Artes (www.fnartes.gob.ar).
¿Cómo se hace efectivo el pago?: Las y los beneficiarios que cumplan con todos los requisitos establecidos, recibirán el importe mediante una transferencia bancaria al CBU o CVU personal declarado en el formulario de inscripción.
No se realizarán transferencias a cuentas de terceros. Cada beneficiario/a recibirá un estipendio de HASTA PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-), que se abonará en DOS (2) pagos iguales.
¿El seleccionado/a se puede renunciar a la beca?: En caso de RENUNCIA deberá comunicarse en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles a partir de la publicación al correo electrónico [email protected] con el asunto “Renuncia Beca extraordinaria Sostener Cultura II”.
Para mayor información enviar un correo electrónico a: [email protected]