El Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica imputó a la empresa de medicina prepaga OMINT S.A. DE SERVICIOS por no garantizar el acceso al derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) de una paciente socia de su institución, incumpliendo la Ley Nacional de Defensa del Consumidor N° 24.240 y a la Ley Nacional Nº 27.610 de acceso a la IVE.
La empresa obstaculizó la práctica, demoró el trámite y la atención a la paciente, no brindó información clara y precisa, no garantizó el trato digno y equitativo e incumplió con las condiciones y modalidades de prestación del servicio de medicina prepaga contratado.
La Dirección Provincial de Defensa de los Derechos de las y los Consumidores y Usuarios acompañó en su reclamo a la persona gestante quien, finalmente, accedió al derecho al aborto por intermedio del sistema de salud público de la Provincia.
De esta manera, y habiendo realizado dentro del marco del procedimiento, traslados a la empresa de la denuncia efectuada y celebrado (2) audiencias conciliatorias sin acuerdo, se procedió a imputar a la empresa de medicina prepaga Omint de Servicios S.A por presuntas infracciones a lo establecido por la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, con el fin de garantizar los derechos de las y los consumidores.