Con la Resolución N°926/2021, la Secretaría de Comercio Interior reglamentó la ley para las tiendas online de las grandes cadenas de supermercados.
La medida establece que: “corresponde establecer diversas especificaciones complementarias relativas a la exhibición de los productos alcanzados por la Ley N° 27.545 de Góndolas, en las locaciones virtuales que posean u operen de forma directa o indirecta los sujetos alcanzados en su Artículo 3º, para venta minorista y/o mayorista”
Esta nueva normativa establece criterios para la distribución de los productos en los sitios virtuales para la venta de productos.
Exhibición
Las páginas web de los supermercados y de venta minoristas deberán ordenar los productos de cada categoría de menor a mayor según su precio por unidad de medida. De esta manera, las y los consumidores podrán visualizar primero los productos más accesibles.
Este ordenamiento de la presentación deberá ser la opción predeterminada por parte de las tiendas virtuales, que también podrán incluir otras alternativas de ordenamiento disponibles para la personalización de cada usuario y usuaria.
Visualizar siempre el producto más barato
Además, los sitios estarán obligados a indicar el producto de menor precio dentro de una categoría con un logo aprobado previamente por la Secretaría de Comercio Interior.
De esta forma, si la o el consumidor elige una opción de ordenamiento distinta a la determinada por la ley, igualmente podrá visualizar fácilmente el producto más barato por unidad de medida.
Botones virtuales
La resolución indica que “deberá disponerse de uno o más botones virtuales en el sitio con la indicación clara y precisa del criterio de exhibición de productos para conocimiento de las y los consumidores o terceros”
Destacar a MiPyMEs
Finalmente, la tercera cuestión que añade esta reglamentación es la identificación de productos fabricados por MiPyMEs.
Se deberán destacar en las páginas web de los supermercados la oferta de productos elaborados por pequeñas empresas (micro y pequeñas empresas, agricultura familiar, campesina e indígena, economía popular, cooperativas y/o asociaciones mutuales). Esto se realizaá con señalética específica aprobada por la Secretaría de Comercio Interior.
Tanto la obligación de diferenciar los bienes de precio más bajo como los productos MiPyMEs, es la misma respecto a la reglamentación de la Ley de Góndolas para los comercios físicos. Además, se utilizará la misma señalética en las tiendas virtuales y en los salones de venta para facilitar la visualización por parte de los consumidores y consumidoras.
Plazos
Los supermercados que tengan tienda online tienen un plazo de 60 días corridos para adecuar sus locaciones virtuales a las obligaciones que dicta la presente medida.