La Disposición 6769/2019 ha sido publicada en el Boletín Oficial luego de una inspección realizada por la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVS)
1. La inspección a la empresa
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica realizó una inspección a la droguería PSICOFARM S.A donde “se solicitó el registro del producto KEYTRUDA, constatándose el ingreso de veinte (20) unidades del producto de los cuales el responsable no pudo acreditar su procedencia” explica la resolución.
Además se comprobó que “respecto de la distribución de las mismas, aportó documentación de entrega al Ministerio de Salud Pública de Chaco” asegura la ANMAT.
También se procedió a “inhibir algunas unidades que entre otras cosas, no contaban con etiqueta de trazabilidad o los precintos de seguridad de estuches secundarios se encontraban violados” confirmaron las autoridades.
2. Keytruda, Pembrolizumab
El artículo de la resolución especifica que está prohibido “el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de cualquier lote del producto “Keytruda, Pembrolizumab 100 mg/4 ml, solución para infusión por 1 vial con 4 ml de solución inyectable”, informaron.
Es importante observar que el “envase secundario sin etiqueta de trazabilidad, precinto de seguridad violado, y envase primario (vial) con tapa azul con la inscripción “FLIP-OFF” en relieve” advierten desde el organismo.